Reforma PLD 2026 · Auxiliares del crédito

Cumplimiento PLD ordenado según el régimen de su entidad.


Para SOFOM ENR, SOFIPO, SOCAP, uniones de crédito y proyectos que buscan constituirse como SOFOM ENR: políticas, funciones de cumplimiento, reportes y auditoría conforme a la ley y las disposiciones de cada figura.

Información general. No sustituye la revisión profesional de su caso ni constituye un dictamen.

En resumen

Las SOFOM ENR, SOFIPO, SOCAP y uniones de crédito no se rigen por el régimen de actividades vulnerables de la Ley Antilavado. Cumplen sus obligaciones de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo conforme a su ley sectorial y a las disposiciones de carácter general que emite la SHCP, con supervisión de la CNBV. La reforma de 2025 a la LFPIORPI no sustituye ese régimen. CIO Consultoría ayuda a estas entidades a organizar su manual, las funciones de cumplimiento, los reportes de operaciones, la metodología de riesgos y la preparación para la auditoría y la supervisión.

Lo que suele motivar la consulta

Situaciones en las que suele pedirse apoyo.

  • Constitución de una SOFOM ENRAntes de registrarse ante la CONDUSEF, la sociedad debe obtener de la CNBV un dictamen técnico favorable en materia de PLD.
  • Vigencia del dictamenLa SOFOM ENR debe mantener vigente su dictamen técnico, lo que implica preparar a tiempo su renovación.
  • Manual desactualizadoProductos, canales o cambios regulatorios que el documento de políticas todavía no refleja.
  • Funciones de cumplimientoDesignar al oficial de cumplimiento, integrar el comité y documentar sus sesiones y decisiones.
  • Reportes de operacionesCriterios para detectar, analizar y reportar operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes.
  • Auditoría y supervisiónPreparar la revisión anual y responder requerimientos o visitas de la CNBV con evidencia ordenada.

Servicios

Servicios para su programa de cumplimiento.

  1. Manual de políticas PLD

    Elaboración o actualización del documento de políticas, criterios, medidas y procedimientos que exigen las disposiciones de su figura.

  2. Apoyo al oficial de cumplimiento

    Acompañamiento técnico en el programa de trabajo, los criterios y la capacitación. La designación y la responsabilidad corresponden a la entidad.

  3. Comité de comunicación y control

    Integración, reglas de operación, actas y seguimiento de acuerdos, cuando la normativa exige este órgano.

  4. Reportes de operaciones

    Procedimientos para operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes, desde la detección hasta su envío.

  5. Metodología con enfoque basado en riesgo

    Diseño o revisión de la metodología para evaluar los riesgos de clientes, productos, canales y zonas geográficas.

  6. Auditoría anual PLD

    Revisión del cumplimiento del programa PLD con los requisitos de independencia que fijen las disposiciones aplicables.

  7. Expediente para el dictamen técnico y el registro

    Integración de la documentación que acompaña la solicitud del dictamen técnico ante la CNBV. El dictamen lo emite la autoridad y no puede garantizarse.

  8. Inspecciones y requerimientos

    Preparación de información y evidencia para visitas de inspección y requerimientos de la CNBV.

Marco normativo

Cada figura tiene su propio fundamento.

En el sector financiero, las obligaciones PLD/FT provienen de la ley de cada figura y de disposiciones de carácter general de la SHCP. Este es el punto de partida del diagnóstico.

Cada figura tiene su propio fundamento.
FiguraFundamento PLDRegistro y supervisión
SOFOM ENRArt. 95 Bis de la LGOAAC y sus disposiciones de carácter generalRegistro ante la CONDUSEF (art. 87-B) con dictamen técnico previo de la CNBV (art. 87-P); supervisión PLD de la CNBV.
SOFIPOLey de Ahorro y Crédito Popular y sus disposiciones de carácter generalSupervisión de la CNBV.
SOCAPLey para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y sus disposicionesSupervisión conforme a su nivel de operación.
Uniones de créditoLey de Uniones de Crédito y sus disposiciones de carácter generalSupervisión de la CNBV.
Al 9 de octubre de 2026 no localizamos reformas de 2025 o 2026 a las disposiciones PLD de estas figuras; la reforma a la LFPIORPI se dirige principalmente a las actividades vulnerables. CIO Consultoría es un despacho privado: no es autoridad ni actúa en nombre de la SHCP, el SAT, la UIF, la CNBV o la CONDUSEF.

Fuentes oficiales consultadas

Referencias revisadas el 9 de octubre de 2026. Las disposiciones pueden reformarse; confirme siempre la versión vigente.

Cómo trabajamos

Un programa de cumplimiento por etapas.

Diagnóstico

Identificamos la figura, sus productos, canales y el estado de su programa PLD frente a las disposiciones aplicables.

Revisión documental

Revisamos manual, metodología, actas del comité, reportes enviados y observaciones previas de la autoridad.

Propuesta de trabajo

Proponemos por escrito las actividades, entregables y fechas, priorizando lo que tenga vencimiento próximo.

Seguimiento

Acompañamos la operación del programa, la auditoría anual y la atención a la supervisión.

A quién atendemos

Entidades que atendemos.

SOFOM ENR en operación

Que necesitan actualizar o fortalecer su programa PLD.

Proyectos de SOFOM ENR

Sociedades que preparan su dictamen técnico y su registro.

SOFIPO

Sociedades financieras populares.

SOCAP

Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

Uniones de crédito

Que operan con sus socios bajo supervisión de la CNBV.

Respuestas claras

Preguntas frecuentes sobre PLD para auxiliares del crédito

¿La reforma a la Ley Antilavado aplica a mi SOFOM ENR?

Su régimen PLD sigue siendo el del artículo 95 Bis de la LGOAAC y sus disposiciones. La reforma de 2025 a la LFPIORPI se dirige sobre todo a las actividades vulnerables, aunque conviene revisar sus efectos indirectos, como la posibilidad de consultar a la UIF si un cliente es persona políticamente expuesta.

¿Qué es el dictamen técnico y quién lo emite?

Es el dictamen favorable en materia de PLD que la SOFOM ENR debe obtener de la CNBV antes de registrarse ante la CONDUSEF y mantener vigente. Lo emite la CNBV; el despacho puede ayudar a preparar la documentación de la solicitud.

¿Qué reportes se presentan?

Las disposiciones prevén reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes, que se presentan a la SHCP por conducto de la CNBV en los plazos y formatos aplicables a cada figura.

¿Qué necesito para empezar?

Una descripción de sus productos y canales, el manual vigente, la metodología de riesgos, las actas recientes del comité y, si las hay, las observaciones de la autoridad.

Transición de sección

Siguiente paso

Solicite un diagnóstico de su programa PLD.

Indíquenos la figura de su entidad y en qué etapa está. Le diremos por dónde conviene empezar.

  • Revisamos su mensajeCon la descripción de su actividad identificamos qué régimen podría aplicar y qué información conviene reunir.
  • Primera conversaciónLe contactamos por el medio que indique para aclarar el contexto antes de proponer un alcance.
  • Propuesta por escritoSi decide avanzar, recibe una propuesta con el alcance del diagnóstico o del servicio.

¿Prefiere otro medio? Escríbanos por WhatsApp al 55 4392 3689 (se abre en otra pestaña) o a [email protected].

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